Eslovenia endurece las penas por delitos de odio

Los delitos de odio cometidos en función de las circunstancias personales de la víctima, como el origen nacional, la raza, el sexo, la lengua o la religión, serán castigados con penas más severas tras la aprobación en el Parlamento de enmiendas al Código Penal.

La enmienda al artículo 49 del código penal, que establece normas generales sobre la imposición de penas, dice que si un delito se comete contra una víctima debido a sus circunstancias personales, esto se considerará una circunstancia agravante en la imposición de la pena.

La enmienda remite al artículo 14 de la Constitución, que estipula que toda persona goza de los derechos humanos y las libertades fundamentales «independientemente de su origen nacional, raza, sexo, idioma, religión, convicciones políticas o de cualquier otro tipo, posición material, nacimiento, educación, condición social, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal.»

El endurecimiento de las penas, confirmado por la Asamblea Nacional el 27 de enero, es el primer paso hacia un nuevo enfoque sistémico de los delitos de odio, declaró la ministra de Justicia, Dominika Švarc Pipan, durante el debate en comisión.

Las enmiendas también transponen las disposiciones de varias directivas de la UE relativas a la trata de personas, el fraude a los fondos de la UE y la lucha contra el terrorismo.

Por ejemplo, se ha añadido al estatuto un nuevo delito de recaudación de fondos con la intención de financiar el terrorismo.

(Sebastijan R. Maček sta.si)