La UE se dispone a prohibir los productos de trabajo forzado en el mercado del bloque

La Comisión Europea propone una prohibición general de todos los productos fabricados con trabajo forzoso producidos en la UE o importados de terceros países, según un proyecto de propuesta visto por EURACTIV.

Las nuevas normas, que serán anunciadas por la Comisión el miércoles (14 de septiembre), tienen como objetivo prohibir a los fabricantes, productores y proveedores la comercialización de productos fabricados con trabajo forzoso en el mercado de la UE o su exportación a terceros países.

Según el proyecto de propuesta, la prohibición abarcará todos los productos contaminados por abusos de los derechos humanos, ya sean importados o fabricados en la UE, y se aplicará a todas las empresas e industrias, incluidas las PYME.

«Dicha prohibición debe aplicarse a los productos para los que se haya utilizado el trabajo forzoso en cualquier fase de su producción, fabricación, cosecha y extracción, incluyendo el trabajo o el procesamiento relacionado con los productos», reza el texto.

El proyecto de ley de la UE se aplicaría a las situaciones de trabajo forzoso según la definición de la Organización Internacional del Trabajo, que incluye «todo trabajo o servicio exigido a una persona bajo la amenaza de una pena y para el cual la persona no se ha ofrecido voluntariamente».

Según datos de la OIT, alrededor de 27,6 millones de personas se encuentran actualmente en situación de trabajo forzoso, el 86% de los casos en la economía privada y el 14% en el trabajo forzoso impuesto por el Estado.

Enfoque basado en el riesgo

Según el proyecto de propuesta, la Comisión creará una base de datos de riesgo de trabajo forzoso en función de las zonas geográficas y los sectores.

Las autoridades nacionales designadas por los Estados miembros tendrán que llevar a cabo investigaciones sobre los productos sospechosos de haber sido producidos en condiciones de trabajo forzoso, centrándose en los fabricantes y empresas de los sectores y situadas en las regiones donde es más probable que se produzca el trabajo forzoso.

Aunque las PYME están incluidas en el ámbito de aplicación del proyecto de ley, es probable que la aplicación se centre en las grandes empresas, ya que durante la investigación se tendrán en cuenta aspectos como la escala de operaciones y la cantidad de productos afectados.

La evaluación de las autoridades también se basará en la información procedente de diversas fuentes, incluidas las ONG.

Si en el plazo de 30 días desde la investigación preliminar, encuentran «una preocupación justificada de violación», las autoridades procederán a una segunda investigación, que incluirá controles e inspecciones, sobre los artículos y las empresas sospechosas de trabajo forzoso.

Se exigirá a las empresas que faciliten información sobre los productos investigados y sus proveedores.

Mientras tanto, las autoridades aduaneras tendrán que suspender la libre circulación de estos productos mientras se llevan a cabo las investigaciones.

Xinjiang no se menciona explícitamente

Los productos que una autoridad nacional descubra que están contaminados por el trabajo forzoso serán incautados y retirados de todo el mercado de la UE, a menos que las empresas demuestren que han eliminado el trabajo forzoso de sus cadenas de suministro.

Además, los países de la UE tendrán que introducir sanciones «efectivas, proporcionadas y disuasorias» en caso de que las empresas sigan comercializando el producto.

La prohibición de los trabajos forzados es también una reacción al número de informes sobre campos de trabajo uigures en la provincia china de Xinjiang. La UE no es la primera en reaccionar con decisión a estos informes: en junio, Estados Unidos prohibió efectivamente la importación de productos de Xinjiang.

El proyecto de propuesta de la Comisión de la UE no menciona específicamente ninguna región o país de origen, aunque hace referencia a una resolución del Parlamento Europeo de junio que sí se refiere explícitamente a la situación en Xinjiang.

La razón de mantener la propuesta sin referencias regionales podría residir en el objetivo de hacer que el reglamento sea compatible con las normas de no discriminación de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Próximos pasos

La propuesta, que se presentará el miércoles, tendrá que ser debatida y acordada por el Parlamento Europeo y los Estados miembros y se aplicará dos años después de su entrada en vigor.

Para ayudar a las autoridades nacionales a aplicar este reglamento, la Comisión publicará directrices sobre la diligencia debida en materia de trabajo forzoso e información sobre los indicadores de riesgo. Además, se creará una Red de la Unión Europea contra los Productos del Trabajo Forzoso para facilitar la coordinación entre la Comisión y las autoridades nacionales.

Luca Bertuzzi colaboró en la elaboración de este artículo.