El Tribunal de Justicia de la Unión Europea anuló el jueves (27 de enero) una normativa en España que obliga a los residentes a revelar todos sus activos en el extranjero al fisco bajo la amenaza de fuertes multas.
El tribunal con sede en Luxemburgo dijo que la norma violaba la libre circulación de capitales dentro de la Unión Europea, argumentando que discriminaba entre los activos en el extranjero y en España, y que las multas impuestas a quienes no declararan sus activos en el extranjero eran desproporcionadas.
El servicio tributario español gravaba los activos no declarados como si fueran ingresos e imponía fuertes multas, cuyos pagos a menudo superaban el valor de los activos, dijo Rafael García Millán, abogado fiscalista y socio del bufete Cremades y Calvo Sotelo.
El tribunal también dijo que la ausencia de un plazo de prescripción creaba inseguridad jurídica.
El formulario de declaración, conocido como Modelo 720, era “un dolor de cabeza” para miles de extranjeros residentes en España con más de 50.000 euros de patrimonio en el extranjero, el límite legal, dijo García Millán.
La sentencia, que no puede ser recurrida por España, paraliza de hecho las investigaciones en curso sobre personas sospechosas de no haber declarado su patrimonio y permitirá a quienes ya hayan pagado multas exigir su devolución, añadió.
La ministra de Presupuestos, María Jesús Montero, dijo que el Gobierno había estado trabajando en la corrección de la norma durante varios meses y que aplicaría una nueva versión lo antes posible. Añadió que la Agencia Tributaria había suspendido sus investigaciones sobre las infracciones del ‘Modelo 720’ mientras el TJUE examinaba el caso.
Dijo que el Gobierno había recibido un total de 230 millones de euros (256,34 millones de dólares) en multas en virtud de la norma.
(1 dólar = 0,8973 euros) (Información de Inti Landauro y Emma Pinedo Edición de Gareth Jones)